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Descargo de responsabilidad: la siguiente información no sustituye el asesoramiento o la representación legal; su único objetivo es brindar educación e información sobre temas legales relevantes.
Actualizaciones de USCIS (2023)
09/11/2023
Los solicitantes de asilo afirmativo deben proporcionar intérpretes a partir del 13 de Septiembre, 2023
Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. recuerdan a los solicitantes de asilo afirmativo que, a partir del 13 de septiembre de 2023, deben traer un intérprete a su entrevista de asilo si no domina el inglés o desea continuar con su entrevista en un idioma que no sea inglés.
Si necesita un intérprete y no trae uno, o si su intérprete no domina el inglés ni el idioma que usted habla, y no establece una buena causa, podemos considerar que esto es una falta de comparecencia a su entrevista y podemos desestimar su solicitud. solicitud de asilo o remitir su solicitud de asilo a un juez de inmigración. Determinaremos una buena causa caso por caso.
El intérprete debe dominar el inglés y un idioma que usted hable con fluidez y debe tener al menos 18 años. El intérprete no debe ser:
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Su abogado o representante acreditado;
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Un testigo que testifique a su favor;
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Un representante o empleado del gobierno de su país de nacionalidad (o, si es apátrida, su último país de residencia habitual); o
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Una persona con una solicitud de asilo pendiente que aún no ha sido entrevistada.
El 23 de septiembre de 2020, publicamos una regla final temporal (TFR) que requiere que los solicitantes de asilo afirmativos utilicen nuestros intérpretes telefónicos contratados para sus entrevistas de asilo, en lugar de traer un intérprete a la entrevista. Publicamos este TFR para reducir la propagación de COVID-19 durante las entrevistas de asilo con funcionarios de asilo de USCIS mientras la emergencia nacional y la emergencia de salud pública por COVID-19 estaban vigentes. Publicamos cuatro TFR posteriores ampliando el requisito, y la extensión actual estará vigente hasta el 12 de septiembre de 2023. Esta cuarta extensión proporcionó tiempo adicional después de que expiraran las emergencias de salud pública y nacional para permitirnos prepararnos para volver al requisito regulatorio anterior. Con la expiración de la TFR, volveremos al antiguo requisito regulatorio de que un solicitante de asilo afirmativo proporcione un intérprete según 8 CFR 208.9(g).
Tomado del USCIS.GOV sitio de internet.
Actualizaciones del IRS
07/28/2022
Según el Plan de Rescate Estadounidense, los empleadores tienen derecho a créditos fiscales por otorgar licencia remunerada a los empleados que se toman tiempo libre relacionado con las vacunas COVID-19.
FS-2021-09, abril de 2021
La Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021 (ARP) permite a los pequeños y medianos empleadores, y a ciertos empleadores gubernamentales, reclamar créditos fiscales reembolsables que les reembolsen el costo de proporcionar licencia familiar y por enfermedad remunerada a sus empleados debido al COVID-19, incluida la licencia. que toman los empleados para recibir o recuperarse de las vacunas COVID-19. Los créditos fiscales ARP están disponibles para los empleadores elegibles que pagan licencia por enfermedad y familiar desde el 1 de abril de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2021.
A continuación se presentan algunos datos básicos sobre los empleadores elegibles para los créditos fiscales y cómo estos empleadores pueden reclamar el crédito por licencia pagada a los empleados que toman licencia para recibir o recuperarse de las vacunas COVID-19.
Empleadores elegibles.
Un empleador elegible es cualquier empresa, incluida una organización exenta de impuestos, con menos de 500 empleados. Un empleador elegible también incluye un empleador gubernamental, distinto del gobierno federal y cualquier agencia o instrumental del gobierno federal que no sea una organización descrita en la sección 501(c)(1) del Código de Rentas Internas. Los trabajadores autónomos son elegibles para créditos fiscales similares.
Licencia remunerada por enfermedad y familiar por la que se pueden reclamar créditos fiscales.
Los empleadores elegibles tienen derecho a créditos fiscales por los salarios pagados por las licencias tomadas por los empleados que no pueden trabajar o teletrabajar por motivos relacionados con el COVID-19, incluidas las licencias tomadas para recibir las vacunas contra el COVID-19 o para recuperarse de cualquier lesión, discapacidad, enfermedad o condición relacionada con las vacunas. Estos créditos fiscales están disponibles para salarios pagados por licencia desde el 1 de abril de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2021.
El importe de los créditos fiscales y cómo se calculan.
Los créditos por licencia paga según el ARP son créditos fiscales contra la parte del impuesto al Medicare que corresponde al empleador. Los créditos fiscales son reembolsables, lo que significa que el empleador tiene derecho al pago del monto total de los créditos si excede la parte del impuesto al Medicare que le corresponde al empleador.
El crédito fiscal por salarios de licencia por enfermedad pagados es igual a los salarios de licencia por enfermedad pagados por razones relacionadas con COVID-19 por hasta dos semanas (80 horas), limitado a $511 por día y $5,110 en total, al 100 por ciento del salario regular del empleado. tarifa de pago. El crédito fiscal para los salarios de licencia familiar pagados es igual a los salarios de licencia familiar pagados por hasta doce semanas, limitado a $200 por día y $12,000 en total, a 2/3 de la tasa de pago regular del empleado. El monto de estos créditos fiscales se incrementa mediante los gastos asignables del plan de salud y las contribuciones para ciertos beneficios negociados colectivamente, así como la participación del empleador en los impuestos de seguridad social y Medicare pagados sobre los salarios (hasta los límites diarios y totales respectivos).
Reclamando el crédito.
Los empleadores elegibles pueden reclamar créditos fiscales por las licencias por enfermedad y familiares pagadas a los empleados, incluidas las licencias tomadas para recibir o recuperarse de las vacunas contra el COVID-19, para las licencias desde el 1 de abril de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2021.
Los empleadores elegibles informan sus salarios totales pagados por licencia familiar y por enfermedad (más los gastos elegibles del plan de salud y las contribuciones negociadas colectivamente y la parte del empleador elegible de los impuestos de seguridad social y Medicare sobre los salarios de licencia pagada) para cada trimestre en su declaración federal de impuestos sobre el empleo, generalmente Formulario 941, Declaración de impuestos federales trimestral del empleador en PDF. La mayoría de los empleadores utilizan el formulario 941 para declarar el impuesto sobre la renta y los impuestos de seguridad social y Medicare retenidos de los salarios de los empleados, así como la parte del empleador de los impuestos de seguridad social y Medicare.
En anticipación de reclamar los créditos en el formulario 941 PDF, los empleadores elegibles pueden conservar los impuestos federales sobre el empleo que de otro modo habrían depositado, incluido el impuesto federal sobre la renta retenido a los empleados, la parte de los empleados de los impuestos de seguridad social y Medicare y la parte del empleador elegible. de los impuestos de seguridad social y Medicare con respecto a todos los empleados hasta el monto del crédito para el cual son elegibles. El PDF de instrucciones del Formulario 941 explica cómo reflejar los pasivos reducidos para el trimestre relacionados con el cronograma de depósitos.